ARTICULO 52ª
Las
evaluaciones en cada asignatura se realizarán según lo establecido
en el Reglamento General de Exámenes, y en los periodos que señale
el Calendario Escolar aprobado por el H. Consejo Universitario, con excepción
de la materia de Orientación Vocacional Autodecisiva la cual es
acreditable con el ochenta por ciento de las asistencias a las sesiones
impartidas.
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